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Artículo 33 del Decreto Ley 188

Decreto Ley 188

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5848 / 8928902.

Texto oficial

Art. 33. El seguro mínimo podrá contratarse sin examen médico hasta tres meses despues de dictado el Reglamento, trascurrido este plazo, el exámen médico será condicion ineludible para poder asegurarse.