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Artículo TERCERO del Decreto Ley 207

Fija el asiento, jurisdiccion, planta y sueldos del personal de los tribunales del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5864 · idParte: 9112792

Texto oficial

Artículo tercero. Habrá en Santiago, cinco Juzgados del Trabajo y en Valparaíso, tres Juzgados, unos y otros de primera clase.