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Artículo TRECE del Decreto Ley 207

Fija el asiento, jurisdiccion, planta y sueldos del personal de los tribunales del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5864 · idParte: 9112802

Texto oficial

Artículo trece. Este decreto regirá desde el 1.o de Junio del presente año, salvo en cuanto a la nueva jurisdicción que se fija para el Tribunal de Alzada de Concepción, la que regirá para las apelaciones que se interpongan desde el 15 de Julio próximo.