Texto oficial
ARTICULO 12°- En contra de las resoluciones de las
Comisiones Preventivas Regionales y Central no procederá
recurso administrativo ni judicial alguno, salvo el previsto
en el artículo 9°.
Fija normas para la defensa de la libre competencia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5872 / 8666634.