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Artículo 31 del Decreto Ley 211

Fija normas para la defensa de la libre competencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5872 / 8666655.

Texto oficial

Artículo trigésimo primero: Los procesos criminales por los delitos penados en este decreto ley se sujetarán al procedimiento ordinario por crimen o simple delito de acción pública, sin más modificaciones que las siguientes: