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Artículo 34 del Decreto Ley 211

Fija normas para la defensa de la libre competencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5872 / 8666659.

Texto oficial

Artículo trigésimo cuarto.- El representante de la Fiscalía podrá tomar conocimiento de lo que se haya obrado en el sumario y en cualquier estado del mismo.