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Artículo 36 del Decreto Ley 211

Fija normas para la defensa de la libre competencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5872 / 8666661.

Texto oficial

Artículo trigésimo sexto: Todos los hechos ejecutados en virtud de un determinado acto o convención penado por los Arts. 1° y 2° serán juzgados como un solo delito.