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Artículo 11 del Decreto Ley 231

Prohibe el establecimiento en chile, durante el plazo que señala, de bancos comerciales modifica las disposiciones legales que indica, otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 5887 · idParte: 9060447

Texto oficial

ARTICULO 11° Derógase el artículo 2° transitorio del decreto ley 88, publicado en el Diario Oficial de 20 de octubre de 1973.