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Artículo 29 del Decreto Ley 249

Fija escala unica de sueldos para el personal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5904 / 8628460.

Texto oficial

Artículo 29°.- Derógase el artículo 86° del DFL. N° 338, de 1960.