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Artículo 52 del Decreto Ley 283

Decreto Ley 283

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5935 / 8825756.

Texto oficial

Art. 52. El personal de jefes, oficiales de guerra, oficiales asimilados, empleados civiles y tropa del Cuerpo de Carabineros quedará sometido a los descuentos que, a favor de la Caja de Retiro del Ejército y Armada prescribe el artículo 2 de la lei número 3,029, de 9 de noviembre de 1915.