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Artículo 53 del Decreto Ley 283

Decreto Ley 283

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5935 / 8825757.

Texto oficial

Art. 53. La familia del personal del Cuerpo de Carabineros que fallezca en servicio, ántes de cumplir 10 años de servicio, tendrá derecho a que se le devuelva sin intereses el total de las imposiciones en la Caja de Retiro del Ejército y Armada.