Texto oficial
Art. 3.o Las Comandancias de Armas podrán suspender o restrinjir el derecho de reunion y la libertad de prensa.
Decreto-lei n° 285, que declara en estado de sitio las provincias de santiago, valparaiso y aconcagua.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5937 / 9815827.