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Artículo 3 del Decreto Ley 299

Modifica ordenanza de aduanas, aprobada por el dfl. n° 213, de 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5952 · idParte: 7123784

Texto oficial

Artículo tercero.- El sueldo vital mensual a que se refiere el artículo anterior, o cualquiera otra disposición de la Ordenanza de Aduanas, es el contemplado en el artículo 2° del decreto ley N° 163, publicado en el Diario Oficial de 4 de Diciembre de 1973 y sus ulteriores modificaciones.