Texto oficial
Art. 19. Las Tesorerías Fiscales descontarán de los respectivos sueldos las cuotas correspondientes al servicio de cooperativas que formen los empleados públicos para acojerse a los beneficios de esta lei.
Decreto-lei: de habitaciones baratas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5961 / 8989439.