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Artículo 22 del Decreto Ley 315

Decreto Ley 315

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5972 · idParte: 5872484

Texto oficial

Art. 22. La Inspeccion de Bienes Nacionales será servida por los siguientes empleados, con los sueldos anuales que se indican: Un inspector, con $ 30,000; Un sub-inspector, con $ 26,000; Dos revisadores de archivos públicos, con $ 20,000 cada uno; Un secretario contador, con $ 18,000; Un oficial de partes, con $ 12,000; Un archivero, con $ 10,800; Dos oficiales, con $ 7,200 cada uno; y Dos porteros, con $ 2,400 cada uno.