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Artículo 23 del Decreto Ley 315

Decreto Ley 315

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5972 · idParte: 5872485

Texto oficial

Art. 23. El inspector y sub-inspector de Bienes Nacionales serán considerados jefes de oficina, para los efectos del inciso 10 del artículo 73 de la Constitucion.