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Artículo 6 del Decreto Ley 353

Fija normas sobre el sistema de formacion docente y dispone medidas relativas a las escuelas normales del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6010 · idParte: 7123902

Texto oficial

Artículo 6°.- Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo anterior, los bienes que actualmente se encuentran destinados exclusivamente a las Escuelas de Aplicación Anexas a las Escuelas Normales. Quedan excluidos, de la misma manera, los bienes que conforman las bibliotecas, archivos y obras de arte que posean las Escuelas Normales.