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Artículo 8 del Decreto Ley 353

Fija normas sobre el sistema de formacion docente y dispone medidas relativas a las escuelas normales del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6010 · idParte: 7123904

Texto oficial

Artículo 8°.- Los archivos existentes en las Escuelas Normales fiscales del país, en su integridad pasarán a formar parte de los archivos oficiales del Ministerio de Educación. Para este efecto el Ministerio deberá habilitar un local especial, en el cual se mantendrán clasificados cronológicamente y por materias los documentos que cada Escuela Normal posee a la fecha de vigencia del presente Decreto Ley.