Saltar al contenido

Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 353

Fija normas sobre el sistema de formacion docente y dispone medidas relativas a las escuelas normales del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6010 / 7123911.

Texto oficial

Segunda.- Tales alumnos se harán acreedores a un cupo adquirido en la universidad a la cual presenten su solicitud de ingreso, la que deberá en base a ello convalidarles los estudios que hayan realizado en la Escuela Normal de procedencia en concordancia con la distribución local o zonas determinadas al respecto.