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Artículo 8 del Decreto Ley 354

Crea organismo denominado consejo nacional de alimentacion y nutricion para los fines que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6011 / 5872644.

Texto oficial

Artículo 8°.- El personal del Consejo se regirá por el Estatuto Administrativo, aprobado por el DFL. N° 338, de 1960, o por la ley N° 15.076, según corresponda, y su sistema previsional será el de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.