Texto oficial
Artículo 8°.- Declárase que las normas del artículo
18 del decreto ley N° 294, de 1974, no rigen respecto de
los personales dependientes de los Ministerios de Relaciones
Exteriores y de Defensa Nacional, y del Cuerpo de
Carabineros, los que han continuado afectos, en esta
materia, a la legislación que les es aplicable.