Texto oficial
Artículo 88: Los profesionales de la educación del sector Ley Nº19.070
particular tendrán derecho a negociar colectivamente Art.61
conforme a las normas del sector privado.
Inciso Derogado.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican
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