Texto oficial
Artículo 19: El mayor gasto fiscal que represente la Ley Nº19.070
aplicación de esta ley para el año 1991, que asciende a Art.20 Tran.
$8.981.000.000, se financiará con cargo al ítem
50-01-03-25-33- 004 de la partida presupuestaria Tesoro
Público de la Ley de Presupuestos. Para los años 1992 y
siguientes, el financiamiento de esta ley será consultado
en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año
respectivo.