Texto oficial
Artículo 28: Declárase, interpretando el inciso noveno del Ley Nº19.410
artículo 5º transitorio de esta ley, que el plazo que en Art.6º Tran.
este inciso se señala ha tenido por objeto tanto indicar
expresamente el 31 de diciembre de 1993 como la fecha en que
vence la obligación de los sostenedores de ajustar las
remuneraciones que el mismo precepto menciona, como
establecer tácitamente el 1 de enero de 1994 como la fecha
a partir de la cual nace la obligación de los mismos
sostenedores de pagar el complemento de zona establecido en
el inciso sexto del mismo artículo 5º transitorio de esta
ley.