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Artículo 3 del Decreto Ley 402

Autoriza al establecimiento educacional denominado universidad popular fermin vivaceta para invertir los fondos excedentes de las subvenciones fiscales en la ejecucion de trabajos especiales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6053 · idParte: 5872845

Texto oficial

Artículo 3°- Declárase bien invertidos los fondos excedentes de subvenciones fiscales utilizados con anterioridad a la fecha del presente decreto ley en el pago de sueldos, salarios e imposiciones previsionales y gastos generales del funcionamiento de la Universidad Popular "Fermín Vivaceta".