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Artículo 33 del Decreto Ley 425

Decreto Ley 425

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6073 · idParte: 9060592

Texto oficial

Art. 33. Los propietarios de diarios, revistas o escritos periódicos, serán civilmente responsables de los delitos cometidos por medio de esas publicaciones, en conformidad a lo establecido en el artículo 2320 del Código Civil.