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Artículo 7 del Decreto Ley 442

Decreto Ley 442

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6085 · idParte: 5872939

Texto oficial

Art. 7.o Los empleados de la Direccion Jeneral del Trabajo tendrán derecho a visitar, cada vez que lo estimen conveniente, las fábricas y talleres que ocupen mujeres, y darán aviso al director jeneral de las incorrecciones que noten en la aplicacion de esta lei o del reglamento respectivo.