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Artículo 9 del Decreto Ley 486

Decreto ley n° 486, que crea el banco central de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6127 / 9035452.

Texto oficial

Art. 9.o La Comision Organizadora creada por el artículo 1.o de los transitorios de la presente lei, podrá exijir, al tiempo de suscribirse las acciones, un anticipo de diez por ciento de su valor nominal.