Saltar al contenido

Artículo 24 del Decreto Ley 486

Decreto ley n° 486, que crea el banco central de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6127 / 9035467.

Texto oficial

Art. 24. Para los efectos de esta lei son bancos estrajeros los legalmente constituidos en el esterior así como los legalmente constituidos en Chile cuyo capital pertenezca en su mayor parte a personas naturales o jurídicas estrajeras.