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Artículo 27 del Decreto Ley 486

Decreto ley n° 486, que crea el banco central de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6127 / 9035470.

Texto oficial

Art. 27. Las disposiciones contenidas en el artículo 21, referentes a la compra de acciones de la clase "B" que los bancos comerciales nacionales necesiten con el fin de restablecer la proporcion del 10 por ciento serán igualmente aplicables a los bancos comerciales estranjeros para la compra de acciones de la clase "C" con el mismo fin indicado.