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Artículo 55 del Decreto Ley 491

Aprueba disposiciones sobre concesion de yacimientos auriferos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6133 / 8825845.

Texto oficial

Art. 55. Podrán otorgarse concesiones de acuerdo con las disposiciones de la presente ley, dentro de las extensiones comprendidas por concesiones para explorar a que se refiere el Párrafo 2.o del Título III del Código de Minería.