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Artículo 18 del Decreto Ley 519

Queda sometido al control del estado la importacion de petroleo y sus derivados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6155 · idParte: 7124413

Texto oficial

Art. 18. Las sanciones que impongan las comisiones sólo serán apelables ante el Director. Las resoluciones de este funcionario sobre las apelaciones, no son susceptibles de ningún recurso.