Texto oficial
Art. 24. Las multas que se obtengan de las infracciones serán a beneficio fiscal. Los productos decomisados se rematarán por la respectiva comisión a beneficio fiscal, en la forma que establezca el reglamento.
Queda sometido al control del estado la importacion de petroleo y sus derivados
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6155 / 7124419.