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Artículo 56 del Decreto Ley 520

Crea el comisariato general de subsistencias y precios

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6157 · idParte: 7124504

Texto oficial

Art. 56. Por las personas jurídicas responderán sus representantes cualquiera que sea su denominación. Con todo, se les relevará de la pena si comprobaren que los autores directos del hecho punible procedieron independientemente y de propia iniciativa.