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Artículo 5 del Decreto Ley 521

Crea la direccion de inteligencia nacional (dina)

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6158 / 8934699.

Texto oficial

Artículo 5°.- El Reglamento Orgánico a que se refiere el inciso 1° del artículo 3°, establecerá que el régimen jurídico y beneficios que regirán para el personal de las cuatro Instituciones de la Defensa Nacional y Servicio de Investigaciones, que sea destinado o comisionado a la Dirección de Inteligencia Nacional, será el mismo que rige para el personal que presta sus servicios en la Defensa Nacional.