Texto oficial
Art. 3.o La Dirección General de Estadística estará dividida en cuatro secciones, a saber:
a) Geografía y Catastro
b) Demografía y Asistencia Social
c) Actividades Económicas
d) Finanzas.
Además de las secciones, tendrá la Dirección General de Estadísticas los Servicios administrativos comunes necesarios, dirigidos por un secretario general.
El secretario general, que será a la vez contador de la oficina, deberá rendir a la Contraloría General de la República una fianza equivalente a dos años de sueldo.