Texto oficial
Artículo 48°.- El empleado no podrá actuar directa o indirectamente contra los intereses del Fisco o la Comisión en particular, salvo que se trate de un derecho que le atañe a él o a los parientes antes indicados.
Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873696.