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Artículo 69 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873719.

Texto oficial

Artículo 69°.- Las funciones de los empleados de la Comisión terminan en conformidad a las causales señaladas en el título V, artículo 231, y siguientes del DFL. 338, de 1960. Para los efectos de la declaración de vacancia se considerarán requisitos de ingreso, aquellos considerados en el presente Estatuto.