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Artículo 77 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873730.

Texto oficial

Artículo 77°.- En todo lo no previsto en el presente Estatuto regirán supletoriamente las disposiciones del D.F.L. N° 338, de 1960.