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Artículo 78 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873731.

Texto oficial

Artículo 78°.- El inciso 2° del artículo 34 del presente decreto ley, regirá a contar del 13 de Septiembre de 1973.