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Artículo 17 del Decreto Ley 539

Deroga disposiciones de la ley n° 17.663 y establece normas sobre reajustabilidad y pago dividendos deudas habitacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6172 / 9035659.

Texto oficial

ARTICULO 17° En el o los reglamentos del presente decreto ley podrán dictarse las normas complementarias para aplicar el régimen de reajustabilidad que se restablece y los sistemas de descuentos por planilla y pago de dividendos que se contemplan en los artículos anteriores. En dichos reglamentos podrán fijarse normas relativas a subvenciones, consolidaciones y condonaciones, sorteos de beneficios destinados a incrementar la recaudación, y en general, podrán establecerse normas sobre amortizaciones, extinción de las deudas, aumento o disminución de plazos, intereses y demás modalidades o beneficios a que quedarán sujetos los actos y contratos respectivos.