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Artículo 25 del Decreto Ley 542

Lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6173 / 8623246.

Texto oficial

Art. 25.- Los conservadores de Bienes Raices a quienes corresponda la confeccion de las cédulas oficiales, las entregarán directamente a los Comisarios respectivos y los demas Conservadores les entregarán las que recibieren, todo de acuerdo con el artículo anterior.