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Artículo 149 del Decreto Ley 542

Lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6173 / 8623428.

Texto oficial

Art. 149.- El individuo que firmare una declaracion de presentacion de candidatos, sin estar inscrito en la respectiva circunscripcion electoral, sufrirá la pena de treinta dias de prision, conmutable en multa de cinco pesos por cada dia de prision.