Artículo 20 del Decreto Ley 550
Reajusta, a contar del 1º de julio de 1974, los sueldos de los trabajadores de los sectores público y privado
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6181 / 8519723.
Texto oficial
ARTICULO 20º.- DEROGADO