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Artículo 4 del Decreto Ley 553

Fija ubicacion en la escala unica para el personal de la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6185 / 8989835.

Texto oficial

Artículo 4º.- Reitérase que por aplicación del artículo 30º del DL. 249, han quedado derogadas las disposiciones que conceden remuneraciones distintas a las establecidas en este mismo cuerpo legal.