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Artículo 7 del Decreto Ley 553

Fija ubicacion en la escala unica para el personal de la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6185 / 8989838.

Texto oficial

Artículo 7º.- El cargo de Jefe del Subdepartamento de Finanzas deberá ser servido por un Ingeniero Comercial, un Contador Auditor o un Contador con más de quince años de experiencia. Los cargos de Ingenieros nivelados en los grados 6º y 8º deberán ser servidos por Ingenieros Civiles o de Defensa. El cargo de Jefe de Subdepartamento Mecánico, nivelado en grado 7º, corresponde al de Jefe de Depósitos de la Planta de la Empresa. Los cargos de Jefes de Sección corresponden a los Jefes Directivos de la Planta de la Empresa.