Texto oficial
Artículo 2°- La estructura orgánica del Ministerio de Transportes será la siguiente:
Ministro y Subsecretario;
Demás dependencias existentes en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas.
Crea el ministerio de transportes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6193 / 8256317.