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Artículo 70 del Decreto Ley 559

Creacion de la superintendencia de las empresas bancarias y lejislacion bancaria.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6196 / 7124661.

Texto oficial

Art. 70. No podrá destinarse parte alguna de las reservas al pago de dividendos, si con ello las reservas quedaren reducidas a ménos del 25% fijado como mínimo en esta lei.