Texto oficial
Art. 83. Quedan derogadas, desde la fecha en que entre en vijencia la presente lei, la de 23 de julio de 1860, la número 2,621, de 24 de enero de 1912; la número 1.311, de 23 de mayo del mismo año y todas las demas leyes, decretos supremos y reglamentos referentes a Bancos comerciales e inspeccion de Bancos, en la parte que sea contraria a las disposiciones de la presente.