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Artículo 22 del Decreto Ley 573

Estatuto del gobierno y administración interiores del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6207 · idParte: 8256378

Texto oficial

Artículo 22. La ley establecerá las formas de organización, atribuciones y funciones específicas que corresponderán a la autoridad superior metropolitana, y deberá considerar, al efecto, una adecuada participación de las autoridades municipales respectivas.